Micelio
Auto25 de febrero de 2021

A- de 2021

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Miguel Antonio Guillen Gomez

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Se confirma por cuanto demandante no corrigió en los términos indicados en el auto inadmisorio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

El Magistrado sustanciador rechazó la demanda al considerar que, si bien se había precisado que no se atacaba el artículo 1º de la Ley 17 de 1974 en su integridad, sino solo la expresión “expendedor de drogas”, la acusación continuaba sin superar los problemas de aptitud sustantiva señalados en el auto inadmisorio.

La Sala Plena de la Corporación decidió CONFIRMAR la providencia cuestionada, tras verificar que con el escrito de corrección no se subsanaron las deficiencias identificadas en el auto de inadmisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR en su integridad el Auto del 28 de enero de 2021, proferido por el magistrado sustanciador Alberto Rojas Rios, mediante el cual se rechazo la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el senor Miguel Antonio Guillen Gomez.
  2. SEGUNDO. A traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional, COMUNICAR el contenido de esta decision al demandante, indicandole que contra esta no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. Ejecutoriada esta decision, ARCHIVAR el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.